Polémico nombramiento de la nueva Directora General de la Oficina Española de Cambio Climático

El pasado día 29 de septiembre se ha publicado en el BOE un Real Decreto, que modifica la estructura básica del MAGRAMA. Este Real Decreto establece la excepción de funcionario para el nombramiento de Director General de la Oficina Española de Cambio Climático (OECC), cargo que no tenía dicha excepción hasta ahora y que había venido siendo siempre ocupado por funcionario (la última directora era funcionaria del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado, pero ha sido también ocupado anteriormente por uno del Cuerpo de Técnicos Comerciales del Estado,  de Administradores Civiles del Estado y de Técnicos Facultativos de OOAA. del MMA).
La “justificación” viene en su párrafo cuarto, señalando que “debe resaltarse además la carga política de sus funciones. Corresponde a la OECC formular la política nacional de cambio climático. Esta política trasciende a las competencias meramente administrativas necesarias para alcanzar los diversos sectores de la actividad económica del país, lo que requiere unos conocimientos de todos estos sectores de la actividad privada que no se exigen en el ámbito de la Administración General del Estado en ninguno de los Cuerpos de funcionarios cuyos cometidos estatutarios se correspondan con la cualificación profesional demandada en la gestión de estas áreas”
Al tiempo, el mismo día aparece publicado otro Real Decreto con el nombramiento de una persona que no es funcionaria para dicho cargo. Ambos Reales Decretos fueron aprobados en el mismo Consejo de Ministros del viernes 24 de septiembre.
En consecuencia, estamos viendo una modificación ad hoc de la estructura orgánica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para introducir a una persona que no es funcionaria en un cargo que siempre ha exigido ese requisito. Con independencia de su posible – o no – idoneidad o experiencia en la materia, lo cierto es que esta actuación (modificación de estructura y nombramiento en un mismo Consejo) es, como mínimo, muy poco presentable.
En cuanto a la justificación, creemos que es un ejemplo de que “el papel lo aguanta todo”. Hay muchos sectores públicos en los que no hay un “cuerpo con cometido  estatutario específico” y no por ello los cargos están abiertos a personal no funcionario. Por ejemplo, para la Secretaría General de Pesca  no hay ningún cuerpo superior específico de pesca y ahí tenemos a subdirectores o directores que han sido  veterinarios, agrónomos, diplomáticos, marinos mercantes,  entre otros. Por otra parte, hay cuerpos superiores de la Administración que tienen temas de la oposición relacionados con las políticas de cambio climático, además de existir una Escala de Técnicos Superiores de OOAA. de Medio Ambiente.
Si dicho cargo ha venido siendo ocupado por funcionarios desde la creación de la OECC en el año 2001 y hasta la actualidad, difícilmente podría entenderse que ahora haya que modificarlo para introducir a una experta externa. La OECC tiene muchas asistencias técnicas externas y la imagen que ahora traslada es que, hasta incluso ya para el cargo de Director General, hay que tener una asistencia técnica.  Es más, puede que hasta la trayectoria de la nueva Directora (hasta ahora asesora externa de dicho Centro Directivo) pudiera ser incompatible ya que con su nuevo cargo podrá tomar decisiones o firmar contratos que afecten a las empresas para las que ha trabajado o que podría trabajar en cuanto la cesasen. Es un claro ejemplo de las menores garantías que ofrece una persona que no es funcionaria en ese cargo, con independencia de sus principios éticos o de su trayectoria.
Creemos que este es un asunto de relevancia que conculca las garantías de independencia y el prestigio de la imagen del funcionario de carrera,  que es completamente antiestético y de cuestionable legalidad.
Lamentamos la actuación del Gobierno en este asunto. Ha sido muy poco respetuoso con los funcionarios de carrera y particularmente con los de Agricultura y Medio Ambiente.
Probablemente, desde FEDECA se impugnará el Real Decreto. No obstante, la sentencia tardaría un año y medio o dos años y el daño no tendrá solución. En consecuencia, la única alternativa eficaz consiste en la rectificación inmediata del Gobierno, y de este Ministerio en particular.
Esperamos que la publicidad de esta nefasta actuación motive a nuestros directivos a tomar una actitud más seria, responsable y respetuosa con los nombramientos.

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